En un fallo dictado este lunes en el Juzgado en lo Correccional n° 2 Departamental, se condenó a un joven que coaccionó y amenazó a su ex novia con difundir fotos íntimas si se negaba a reanudar la relación.
El juicio fue de trámite abreviado, habiendo sido consensuado por la Fiscal Dra. Gabriela García Cuerva y el Defensor Dr. Javier Humberto Aversa, con acuerdo expresó del imputado en cuanto a la autoría, la calificación de los hechos y la posible pena a imponer.
Según surge del veredicto el juez consideró tener legal y plenamente probado los siguientes ilícitos:
Hecho I: en un lapso comprendido entre el mes de noviembre de 2020, un sujeto adulto identificado como Luca Patane con el propósito de obligar a su ex pareja a retomar la relación, le envió de manera constante y reiterada mensajes vía WhatsApp, en los que le manifestaba que si no cumplía con esa exigencia publicaría fotos intimas en lugares accesibles a la vista de terceras personas.
La víctima señaló haber mantenido una relación de unos tres meses con el imputado, y que al dar por finalizada la misma Este se había vuelto obsesivo, que la perseguía por todos lados, que le mandaba mensajes vía WhatsApp diciendo que publicaría fotos íntimas de ella, razón por la cual se había trasladado a la localidad de San Clemente del Tuyú.
Agregó que en San Justo donde vivía, en una ocasión su ex le había dado una patada en la pierna, y que en otra le había dicho que la iba a matar.
Hecho II: el 18 de noviembre de ese mismo año, el mismo sujeto se dirigió a un comercio de San Clemente del Tuyú, donde amenazó y amedrentó a la tía de su pareja diciendo que clausuraría el local, que no sabían con quien se estaban metiendo.
Sobre lo ocurrido la víctima dijo que su ex la había rastreado mediante sistema de localización telefónico hasta esa localidad, que ella estaba trabajando en un local de venta de ropa, encontrándose presente su tía en el momento que su ex novio había ingresado, comenzando una discusión entre ellos, siendo su familiar agredida con un golpe de puño en uno de sus brazos, retirándose el agresor tras ello, perdiéndose de vista.
Por su parte la familiar al declarar manifestó, que su sobrina la había alertado telefónicamente que había visto pasar por enfrente del local donde trabajaba a su ex novio, por lo cual se había hecho presente en dicho comercio. Que al ingresar ese individuo lo hizo amenazando a viva voz que era “sobrino de…” y les iba a clausurar el local, que no sabían con quienes estaban metiendo. Que a raíz de lo ocurrido había pedido una orden de prohibición de acercamiento hacia su sobrina, debido que ese sujeto era agresivo.
El imputado al momento de declarar dio de una versión distinta de los hechos, pero según el fallo ellos no encontraban respaldo en las pruebas colectadas, no habiendo aportado su defensa elementos que la pudieran corroborar.
El magistrado resaltó que el testimonio de la víctima resultaba verosímil, que estaba avalado por los demás elementos de cargo incorporados a las actuaciones, “en cuanto al contexto de violencia de género que ha imperado con posterioridad a que… decidiera poner fin a la relación de pareja que mantenían…, y de la coacción ejercida por el sujeto activo con el objeto de conculcar su libertad para que retome la relación amorosa”. Y que las amenazas proferidas a la tía de la víctima, habían tenido entidad suficiente para amedrentarla e intimidarla.
Por todo ello el titular del Juzgado resolvió condenar a Luca Leonardo Patane, de 20 años de edad, con domicilio en la localidad de Ciudadela, Partido de Tres de Febrero, como autor de los delitos de «Coacción y amenazas en concurso real”, imponiéndole “Dos años de prisión de ejecución condicional” y el cumplimiento de una serie de reglas de conductas, entre ellas la prohibición de acercamiento a la víctima, contactarse con ella por cualquier medio, sea personal, telefónico o redes sociales, también el de realizar tratamiento psicológico para canalizar sus emociones y evitar futuros episodios de violencia de género. (Fuente: Diario Compromiso)