Condenan a un joven de Madariaga por tenencia de estupefacientes para comercialización

El juez de dolores Christian Rabaía resolvió condenar a A.A.P, de 22 años de edad, como autor penalmente responsable del delito de «Tenencia ilegal de estupefacientes con fines de comercialización», a quien impuso una pena de «cuatro años y seis meses de prisión»

(Gentileza Diario Compromiso, Dolores).- La semana pasada el Dr. Christian Rabaia actuando como unipersonal del Tribunal en lo Criminal N° 1 Departamental, condenó en el marco de un juicio oral a un vecino de General Madariaga juzgado por tenencia ilegal de estupefacientes con fines de comercialización.

El magistrado consideró tener legal y plenamente probado que el 30 de enero de 2020, cuando personal de la Subdelegación Departamental de Investigaciones de Villa Gesell cumplía una orden de allanamiento dispuestas por del Juzgado de Garantías 1 de Dolores en un domicilio de la localidad de General Madariaga, un individuo tenía con fines de comercialización en el ambiente principal de la vivienda una bolsa conteniendo 73 envoltorios de marihuana, que fueron sustraídos al igual que dinero en efectivo y el teléfono celular, señalándose que la droga incautada entre contenido y continente alcanzó un pesaje total de 240 gramos.

El Juez valoró en su decisorio distintos testimonios, entre ellos del personal policial que intervino en la investigación y en el allanamiento, surgiendo que las actuaciones se habían iniciado por una denuncia anónima, la que señalaba que había una persona vendiendo drogas frente al hospital municipal, y que en virtud de ello se habían solicitado filmaciones de las cámaras de seguridad del municipio, observándose en una de las imágenes obtenidas cuando el imputado descendía de un vehículo Volkswagen Vento, se acercaba a los compradores y hacían un «pasamanos». Precisó el testigo, que el denunciante había aportado el domicilio del sospechado, sobre el cual se habían realizado tareas de inteligencia, pudiéndose determinar que a ese domicilio entraban y salían personas luego de una permanencia que no duraba mucho tiempo, aportándose fotos que retrataban distintos movimientos constatados, y cuando el imputado estaba adentro de la casa y llegaba gente.

Asimismo se indicó, que la vivienda estaba ubicada en cercanías de un lavadero, a pocas cuadras de la rotonda de ingreso a la ciudad.

También refirieron que la otra modalidad utilizada para comercializar los estupefacientes era mediante «delivery», modalidad que consistía en que el consumidor contactaba al que realizaba la venta y que era éste quien se acercaba a distintos puntos de la ciudad para encontrarse con el comprador.

El imputado al declarar en una de las audiencias del juicio afirmó que le habían plantado la droga, que desde hacía unos seis meses antes del procedimiento estaba viviendo con su novia en la casa de sus suegros. Aseveró consumir marihuana, la que dijo iba a comprar a en una garita que hay en la esquina del hospital, por eso lo que se veía en la filmación cuando había ido a comprar para consumo personal.

Para el Magistrado las declaraciones de los testigos correlacionados con los restantes elementos de prueba y analizados concatenadamente, constituían un marco probatorio contundente para sostener la imputación en cabeza del acriminado, ya que permitía concluir que era autor del ilícito endilgado.

Por todo ello el Dr. Christian Rabaía resolvió condenar a A.A.P, de 22 años de edad, nacido y con domicilio en General Madariaga, como autor penalmente responsable del delito de «Tenencia ilegal de estupefacientes con fines de comercialización», a quien impuso una pena de «cuatro años y seis meses de prisión».

(Fuente: https://www.diario-elmensajero.com.ar/)