Un hombre que, en Mar del Plata, abusó de su hija desde que tenía 5 años hasta los 16 fue condenado a doce años de prisión por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº3 que lo halló autor penalmente responsable de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por ascendiente. La pena impuesta a D.J.J. –sus datos no se dan a conocer para no identificar a la víctima- va a vencer en octubre de 2033.
En sintonía con la teoría del Ministerio Público Fiscal, los jueces Federico Wacker Schroder, Juan Manuel Sueyro y Juan Galarreta consideraron que entre enero de 1999 y septiembre de 2010, el imputado abusó sexualmente de su hija en los dos domicilios en los que vivió durante esa década el grupo familiar, siempre aprovechado que la menor se encontraba bajo su cuidado ante la ausencia momentánea de su madre.
La defensa planteó la nulidad de la acusación por una supuesta alteración sorpresiva del objeto procesal, pero los jueces resolvieron que el planteo fiscal en el debate guardó “estricta relación de congruencia con la conducta que le fue intimada al imputado durante la Investigación Penal Preparatoria y con el hecho descripto en la requisitoria de elevación a juicio: nada ha variado ni en la descripción del hecho ni en la subsunción típica de éste”.
Los codefensores Eduardo Toscano y Cecilia Medina expresaron que la acción penal emergente del hecho se encontraba prescripta, pero el Tribunal estimó mediante la producción de la prueba en el debate que el último abuso sexual ocurrió en 2010, cuando la víctima tenía 16 años, y que en ese caso hubo acceso carnal –penetración por la vía oral por lo que el planteo de prescripción de la acción debía ser rechazado.
El Tribunal condenó a D. J.J. autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por ascendiente y lo condenó a doce años de prisión, aunque no hicieron lugar al pedido de revocación de la morigeración de la medida de coerción que viene cumpliendo el ahora condenado. (Fuente: 0223)