Los hechos se registraron en Ostende entre 2015 y 2018
(Gentileza diario Compromiso, Dolores).- El pasado lunes 8 de febrero en el marco de un juicio abreviado realizado en el Tribunal Oral en lo Criminal n° 1 de Dolores, el Dr. Emiliano Lazzari actuando como Juez unipersonal condenó a un mujer y a un hombre, juzgada la primera por «prostitución y corrupción de menores» y el segundo por «abuso sexual reiterado», hechos todos perpetrados oferta educativa del distrito
El juicio había sido consensuado por el Fiscal Gustavo García, y los Defensores Oficiales Diego González y Juan Martín Enzagaray por sus respectivos representados, en ambos casos con acuerdo expreso de estos en cuanto a la calificación y el estimado de la pena a imponer.
El Juez sobre los ilícitos materia de juzgamiento señaló:
Hecho 1: entre noviembre de 2015 y el 21 de marzo de 2018 en una vivienda ubicada en la localidad de Ostende, Partido de Pinamar, una mujer obligó a su hija menor de 12 años de edad a mantener relaciones sexuales con distintas personas, recibiendo de éstas sumas no determinadas de dinero.
Hecho II: en ese mismo período, un sujeto a sabiendas que la menor tenía 12 años de edad abusó sexualmente de ella en reiteradas oportunidades, abonándole una suma de dinero no determinada a la mujer antes señalada, situación lo que se prolongó hasta que la víctima cumplió 15 años.
La mujer que tiene en guarda provisoria de la menor al efectuar la denuncia dijo, que estando junto con su hija aquella había contado que le pegaban, que la obligaban a mantener relaciones sexuales con distintos hombres, que la llevaban a casa de un vecino apodado “Lalo” para que tuviera sexo con este.
Una vecina de la casa donde vivía la víctima, dijo haberse acercado porque veía a los hijos de esa mujer en malas condiciones físicas, mal alimentados, descalzos, con falta de aseo, que por eso los llevaba a su casa a bañarlos. Que en una de esas charlas la menor victima le había contado que su padrastro abusaba de ella, que la manoseaba, la tocaba. Que también había escuchado de un vecino que la madre le cobrara a «Don Lalo» para que mantuviera relaciones con su hija. Que también había tomado conocimiento de otros hombres que tenían sexo con ella.
La menor contó como habían sido los abusos, cómo era la conducta de su madre alcohólica, quien la obligaba también a tomar alcohol y le pegaba si se negaba a mantener relaciones sexuales con esos hombres, que lo hacía a cambio de plata, que eso había ocurrido desde los 12 años hasta que la sacaron de ese hogar. Precisó que se angustiaba porque aquella decía que si ella contaba lo que sucedía se quitaría la vida.
En el juicio se escucharon testimonio de quienes habían tomado conocimiento de lo que sucedía con la menor, señalando el informe de la pericia psicológica que la víctima habría sufrido hechos violentos, que no era una fabuladora, que en su relato no se advertía ideaciones motivadas por un adulto.
La imputada declaró dos veces, señalando el Juez que de ambas declaraciones surgían contradicciones, ya que negaba maltrato a sus hijos y sin embargo se encontraba demostrado con los expedientes en trámite ante el Juzgado de Familia de Dolores y los testimonios de vecinos, que estos estaban en situación de abandono, eran maltratados y que obligaba a la menor víctima a mantener relaciones sexuales con hombres a cambio de dinero.
Respecto del procesado Blas Alonzo (El Lalo), este negó la acusación, dijo que los chicos se quedaban en su casa para no estar solos, que a la menor jamás le había hecho lo que decían.
Sin embargo el Magistrado señaló que esas manifestaciones solo procuraban mejorar su situación procesal, que tanto con el testimonio de la víctima y lo advertido por vecinos se demostraba en realidad que la relación estaba sustentada en intercambio económico, que la niña era obligada por su madre. Además se precisó, que declaración de la joven había sido inequívoca y contundente, cuando describió con lujos de detalles que era obligada por su madre a mantener relaciones sexuales con esa persona mayor, señalando el Juez que había existido de parte de éste un aprovechamiento ya que la menor no había podido consentir libremente la acción, y además porque efectivamente conocía las vicisitudes que atravesaba la joven.
Por todo ello el Dr. Emiliano Lazzan resolvió condenar:
A L.A.M., paraguaya y con domicilio en Ostende, como autora penalmente responsable del delito de «Explotación económica del ejercicio de la prostitución de una menor de 18 años de edad, agravada, en concurso real con Corrupción de menores, en ambos casos por mediar violencia y amenazas y por el vinculo» imponiéndole «Diez años de prisión y accesorias legales».
Y a Blas Antonio Alonzo, apodado «Lalo», de 60 años de edad, nacido en Misiones y con domicilio en la misma localidad, como autor del delito de «Abuso sexual con acceso carnal reiterado», 3 la pena de «Ocho años de prisión».
Nota: se omiten detalles y el nombre de la madre para preservar la identidad de la víctima.